Laboral
10a. Epoca
DESPIDO INJUSTIFICADO. LA CARGA DE LA PRUEBA CORRESPONDE AL PATRON CUANDO EL TRABAJADOR LO NIEGA
Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando el trabajador manifiesta que fue despedido injustificadamente y el patron niega el despido, corresponde a este ultimo la carga de probar su dicho, pues al negar el despido sin ofrecer trabajo, se establece una presuncion a favor del trabajador que solo puede destruirse con prueba en contrario del patron, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 784, fraccion IV, de la Ley Federal del Trabajo.
Registro: 2012847
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Penal
10a. Epoca
PRESUNCION DE INOCENCIA. ESTE DERECHO ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Primera Sala de la SCJN
El derecho a la presuncion de inocencia, reconocido en el articulo 20, apartado B, fraccion I, de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, no se limita al ambito penal, sino que se extiende a cualquier procedimiento de naturaleza sancionadora, incluidos los administrativos, en la medida en que la autoridad debe probar plenamente los elementos constitutivos de la infraccion atribuida al gobernado.
Registro: 2008501
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Civil
10a. Epoca
RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA. ELEMENTOS QUE DEBEN ACREDITARSE PARA SU PROCEDENCIA
Tribunales Colegiados de Circuito
Para la procedencia de la accion de responsabilidad civil objetiva, el actor debe acreditar la existencia del dano, la relacion de causalidad entre el uso del mecanismo peligroso y el dano causado, asi como que el dano se produjo con motivo del funcionamiento del objeto o actividad riesgosa, sin que sea necesario demostrar culpa o negligencia del demandado, conforme a lo previsto en el articulo 1913 del Codigo Civil Federal.
Registro: 2015234
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Familiar
10a. Epoca
PENSION ALIMENTICIA. PARA FIJAR EL MONTO SE DEBE ATENDER A LA NECESIDAD DEL ACREEDOR Y A LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL DEUDOR
Primera Sala de la SCJN
Al determinarse el monto de la pension alimenticia, el juzgador debe considerar tanto las necesidades del acreedor alimentario como la capacidad economica del deudor, aplicando un criterio de proporcionalidad que atienda al interes superior del menor cuando este sea el acreedor, garantizando que la pension cubra alimentos, vestido, habitacion, educacion y asistencia medica, sin que el obligado quede imposibilitado para cubrir sus propias necesidades basicas.
Registro: 2010578
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Amparo
10a. Epoca
INTERES LEGITIMO. SU DIFERENCIA CON EL INTERES JURIDICO Y EL INTERES SIMPLE EN EL JUICIO DE AMPARO
Pleno de la SCJN
El interes legitimo se distingue del interes juridico en que el primero no requiere la afectacion de un derecho subjetivo, sino una afectacion real y actual a la esfera juridica del quejoso de manera directa o en razon de su especial situacion frente al orden juridico; y se distingue del interes simple en que el legitimo supone una afectacion individual o colectiva, cualificada y actual, no meramente hipotetica o conjetural, de conformidad con la fraccion I del articulo 107 constitucional.
Registro: 2009816
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Fiscal
10a. Epoca
DEDUCCIONES FISCALES. REQUISITOS PARA QUE SEAN PROCEDENTES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Segunda Sala de la SCJN
Para que las deducciones fiscales sean procedentes en materia del impuesto sobre la renta, es necesario que sean estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, que se encuentren debidamente registradas en contabilidad, que se cumplan los requisitos formales de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) y que los pagos superiores a $2,000.00 pesos se realicen mediante transferencia electronica, cheque nominativo o tarjeta de credito o debito.
Registro: 2013445
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